Ajuste del Estado: Dietrich podrá clausurar ramales

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Según se conoció en el Boletín Oficial, el Ministro de Transporte podrá clausurar ramales sin que el Presidente lo deba decretar. “Mientras se habla de las elecciones del pasado domingo, el Poder Ejecutivo avanza en el ajuste del Estado”, enfatizó Eduardo Fernández, presidente del Partido Solidario cordobés. 

Horas después de las elecciones PASO y con la opinión pública hablando aún de los resultados, el presidente Mauricio Macri delegó al Ministerio de Transporte la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de vías y demás instalaciones ferroviarias.  “El Poder Ejecutivo avanza en el ajuste del Estado”, expresó el presidente del Partido Solidario Provincial y candidato a Diputado por el Frente Córdoba Ciudadana, Eduardo Fernández.

La medida se tomó a través del Decreto 652/2017, que se conoció en el Boletín Oficial de esta semana. De esta manera, la cartera que encabeza Guillermo Dietrich tendrá plena autonomía para tomar decisiones relacionadas a la clausura de ramales, evitando así que se haga a través de un decreto presidencial, tal como estaba legislado anteriormente.

El argumento que utilizó el gobierno para justificar la medida es que de esta manera se posibilita “una respuesta más rápida a las demandas de la sociedad”. Según indicaron desde el Ministerio de Dietrich, este decreto es para “casos puntuales” destinados principalmente a la urbanización de villas asentadas en tierras del Estado donde cruzan líneas del ferrocarril.

“Observamos con preocupación esta situación de avance sobre lo estatal. Por ello es muy importante que en octubre la ciudadanía elija representantes que puedan frenar el avance de este gobierno sobre el patrimonio nacional”, planteó Fernández.

LA RESOLUCIÓN DEL DECRETO
ARTÍCULO 1º.- Delégase en el MINISTRO DE TRANSPORTE la facultad de clausurar ramales ferroviarios en forma definitiva y proceder al levantamiento de vías y demás instalaciones ferroviarias.

ARTÍCULO 2º.- Los rieles, durmientes, aparatos de vías y el resto de los bienes muebles que compongan la infraestructura ferroviaria que se encuentra ubicada en el sector que se resuelva remover, quedarán en poder de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, conforme lo establecido por la Ley Nº 26.352 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Guillermo Javier Dietrich.

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