Alberto anunció el cuarto ATP

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Junto a trabajadores y empresarios pymes, el presidente y los funcionarios de las carteras de producción, trabajo y AFIP, presentaron por teleconferencia, la nueva etapa del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Funcionando desde el mes de abril como respuesta al daño económico generado por la pandemia, el programa ATP lleva beneficiadas hasta el momento a unas 310.000 empresas, lo que significa más de la mitad de las empresas privadas empleadoras del país. El 99% son micro, pequeñas y medianas y emplean a casi 3 millones de trabajadores del sector privado que han podido cobrar la mitad de su salario a través de este programa.

Salarios complementarios: beneficios y requisitos
En su cuarta etapa, el ATP está destinado a empleadoras y empleadores de cualquier empresa privada, sin importar el tamaño, que realicen actividades económicas afectadas en forma crítica por la pandemia.
Para el pago de sueldos de julio podrán acceder las empresas de todo el país. El Estado pagará hasta 1.5 Salario Mínimo Vital y Móvil ($25.312) por empleado a aquellas cuya facturación de junio 2020 haya caído frente al mismo mes de 2019.
Las PyMES y empresas grandes que realicen actividades consideradas críticas como turismo, entretenimiento, cultura, salud y deportes, percibirán el salario compensatorio correspondiente hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750) por empleado hasta diciembre de 2020.
Se tomará como referencia el salario del mes de febrero de 2020 y el pago se realizará a través de la ANSES, directamente en la cuenta bancaria del empleado.
En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad después de marzo de 2019, se tomará en cuenta la facturación correspondiente a diciembre de 2019 para realizar la comparación. En el caso de aquellas que hayan iniciado su actividad durante el 2020, se las considerará afectadas de forma crítica debido a su reciente creación, dando por cumplidos los requisitos exigidos para ser beneficiarias de la medida. El beneficio no será válido para aquellos empleados que cobren más de $140 mil brutos.
Además, sigue vigente la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de los aportes patronales que correspondan al mes de junio de 2020 para empleadores que tengan como actividad principal declarada alguna de las afectadas en forma crítica por la pandemia y para quienes la desarrollen en lugares con Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO).

Créditos para empresas que empiezan a recuperarse
Esta nueva etapa contempla además la posibilidad de acceder a créditos destinados a pago de sueldos con garantía del Estado a través del FoGAR y del FONDEP, con tres meses de gracia a devolver en 12 cuotas fijas. El monto se calculará en función de la masa salarial a razón de 1,2 Salario Mínimo Vital y Móvil ($20.250) por cada empleado de la empresa que figure en la plantilla de salarios correspondiente a mayo del 2020.
Aquellas empresas que hayan facturado entre 0% y 10% más que junio 2019 podrán solicitar un crédito a tasa 0%; si facturaron entre 11% y 20% más que junio 2019, un crédito a tasa del 7,5%; las que lo hicieron entre 21% y 30% más que junio 2019, podrán hacerlo a tasa del 15%.

Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos
Entre las nuevas medidas figura la extensión del plazo hasta el 31 de julio para solicitar el crédito a tasa cero.
El monto máximo es de 150 mil pesos y no podrá superar el 25% del límite superior de ingresos brutos que corresponda a cada categoría de monotributistas o autónomos que podrá devolver en un mínimo de 12 cuotas y un máximo de 18 cuotas fijas sin interés, con 6 meses de gracia.
El beneficio se tramita a través del portal web de AFIP, ingresando la Clave Fiscal, en la sección “Crédito Tasa Cero”.

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